Políticas de AFA Transportes

Política de Actuación en Caso de Alcohol, Tabaco y Drogas en el Entorno de Trabajo

Versión 09 · Vigente desde el 30 de julio de 2017 · Última revisión: 26 de septiembre de 2026 · Aprobada por la Gerencia General

En AFA TOURS PERU S.A.C. aplicamos tolerancia cero al consumo de alcohol y drogas en el trabajo. Conducir un vehículo de transporte de personas exige plena capacidad física y mental, y cualquier alteración pone en riesgo vidas.

1. Objetivo

Garantizar un entorno de trabajo seguro y saludable, libre de alcohol, drogas y humo de tabaco, y prevenir accidentes derivados de su consumo.

2. Alcance

Aplica a todos los trabajadores de AFA TOURS PERU S.A.C., con especial énfasis en los conductores, y a los proveedores, aliados y visitantes que se encuentren en nuestras instalaciones o unidades.

3. Lineamientos

  • Tolerancia cero al alcohol: está prohibido presentarse a trabajar o conducir bajo los efectos del alcohol, así como consumirlo durante la jornada, en las unidades o en las instalaciones de la empresa.
  • Tolerancia cero a las drogas: está prohibido consumir, poseer, distribuir o encontrarse bajo los efectos de drogas ilícitas o sustancias que alteren la capacidad de conducir.
  • Medicamentos: el trabajador que consuma medicamentos que puedan causar somnolencia o disminuir sus reflejos debe informarlo a su supervisor antes de iniciar el servicio, para evaluar su aptitud.
  • Tabaco: está prohibido fumar, incluidos cigarrillos electrónicos y vapeadores, dentro de las unidades y en los ambientes cerrados de la empresa, conforme a la Ley N.° 28705 y sus normas complementarias.

4. Controles

Para verificar el cumplimiento de esta política, la empresa realiza:

  • Pruebas de alcoholemia antes del inicio del servicio.
  • Pruebas aleatorias de alcohol y drogas durante el año.
  • Pruebas ante una sospecha razonable y después de todo accidente o incidente.

Negarse a una prueba se considera un resultado positivo.

5. Consecuencias

Un resultado positivo o el incumplimiento de esta política implica el retiro inmediato del trabajador de sus funciones de conducción y la aplicación de las medidas disciplinarias previstas en el Reglamento Interno de Trabajo y la legislación laboral vigente.

6. Prevención y apoyo

La empresa realiza charlas de sensibilización sobre los riesgos del consumo de alcohol, tabaco y drogas. El trabajador que reconozca voluntariamente un problema de consumo, antes de ser detectado, puede solicitar orientación de manera confidencial.

7. Marco legal

Esta política se sustenta en la Ley N.° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, y su Reglamento; la Ley N.° 28705, Ley General para la Prevención y Control de los Riesgos del Consumo del Tabaco; y la normativa de tránsito y transporte vigente. Se revisa como mínimo una vez al año.

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